Por: Alberto Montalvo. 

La semana pasada comentamos la fecha límite para la presentación de la declaración del ejercicio 2023 tanto para las Personas Morales como para las Personas Físicas, siendo para las Personas Morales el Lunes 1º de Abril y para las Personas Físicas el 30 de Abril.

Ahora bien, ¿Cuál es la fecha límite para el pago del Reparto de las Utilidades que corresponda a sus trabajadores?. El Reparto de Utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa -PTU- es un derecho Constitucional que tienen los trabajadores, para recibir un porcentaje de las ganancias que obtuvieron sus patrones durante el año. Que por cierto este porcentaje es del 10%.

Como comentamos las Personas Morales tienen la obligación de presentar su declaración anual dentro de los primeros 3 meses del año y las Personas Físicas exclusivamente durante el mes de Abril y el Reparto de Utilidades o PTU debe ser pagada a más tardar 60 días después de acuerdo a lo establecido en el Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo.Si el patrón es Persona Física deberá ser pagado a más tardar el 29 de Junio ó bien al 31 de Mayo si su patrón es una Persona Moral.

Finalmente, en caso de que el patrón no pague el Reparto de Utilidades o PTU teniendo la obligación de hacerlo, podrá ser multado con 250 y hasta el equivalente a 5000 UMAS, según lo señala la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 994 Fracc II, en pesos estamos hablando $ 27 142.50 hasta los $ 542 850.00

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