Notario, Notaria #65 de Veracruz.
La única ley que no ha podido ser violada, ni por los abogados, es la ley de la vida y esta implica que tarde o temprano llegaremos al momento de la muerte y cuando esto sucede nosotros nos vamos y los bienes o las deudas se quedan.
Es por eso que resulta importante hacer un testamento, pues los bienes, los derechos y las obligaciones se transmiten con la muerte, queramos o no, y si nosotros no decidimos que hacer con lo nuestro, otros lo harán.
Si se hace testamento la repartición de sus bienes se hará de acuerdo a sus deseos, si no, se hará como lo establezca la ley y aquí es en donde pudieran venir los problemas para quienes se sienten con todo el derecho y pudiera ser que no lo tienen.
Es por eso que, el Gobierno en el mes de septiembre instauran el mes del testamento, en donde se promueve que las personas elaboren el suyo, en aras de una certeza jurídica para los que se quedan después de la muerte. Con esta campaña del mes del testamento los notarios nos solidarizamos y hacemos un serio descuento en el cobro de los honorarios, a quien decida hacerlo en este mes.Para poner en contexto la importancia de hacer testamento, vale la pena comentar algunas de las problemáticas que se suscitan cuando no lo hay.
Si no se hace testamento se tiene que abrir la sucesión legítima o también llamada sucesión intestamentaria y aquí, es la ley quien decide quiénes heredan y quiénes no. En principio el código civil de Veracruz señala que tienen derecho a heredar por sucesión legítima, los descendientes, el cónyuge, los ascendientes, los parientes colaterales dentro del cuarto grado, en ciertos casos la concubina o el concubinario y, a falta de los anteriores, el sco del Estado, pero también señala como regla general que los parientes más próximos excluyen a los más lejanos, por lo que, por ejemplo, si acuden a la sucesión los hijos del difunto con algún hermano del mismo, quienes heredan en este caso son los hijos por ser los parientes más próximos. Lo más común es la sucesión de descendientes, es decir, cuando a la muerte de los padres quedan solo hijos y entonces la herencia se divide en partes iguales para los hijos.
Cita: 2299323697 / 2291002495
Bv. Manuel Ávila Camacho #3269. Fracc Reforma, Veracruz, Ver.