3ª y Última Parte
Por: Alberto Montalvo Hernández.
Continuamos con el tema de la obligación de pagar la PTU aquellas empresas que tienen relaciones laborales directas con sus trabajadores.
Los documentos que deberán integrar el expediente que acredite que la empresa – Patrón – ha cumplido con dicha obligación son los siguientes:
1. Acta de integración de la comisión mixta para la determinación de la PTU.
2. Acta donde se acredite que le fue entregada la declaración anual por el ejercicio 2022 y sus anexos a la comisión mixta.
3. Acta donde se determine por parte de la comisión mixta la PTU a repartir.
4. Acta donde se entreguen los SUA correspondientes al ejercicio fiscal 2022
5. Acta donde se públique el listado que contiene el importe a pagar a cada trabajador.
6. Recibos de pago de la PTU debidamente firmados por los trabajadores.
7. Finalmente, el acta de verificación de la comisión mixta, de que se ha cumplido con los 6 puntos anteriores y en su caso, asentando nombre, importe y motivo por el cual algunos trabajadores no hayan realizado su cobro.
IMPORTANTE.
Estos documentos deberán estar firmados en original y copia en el departamento de recursos humanos.
Para el caso de empresas que cuenten con sucursales en otras Entidades Federativas o Estados, se recomienda que en dichas sucursales obre un juego del expediente debidamente firmado para dar cumplimiento a la obligación y así evitar posibles sanciones o actos de molestia innecesarios.
Las multas de acuerdo al Art. 994 Fracc II de la Ley Federal del Trabajo van de 250 a 5000 UMAS – $ 25 935.00 a $ 518 700.00 –
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